Guía · Facturación

Complemento de pago: cuándo se emite y qué pasa si se te olvida

Si vendes a crédito, cada cobro debe quedar amparado por un comprobante de pago ante el SAT: uno por cobro o uno al mes por cliente. Es de lo que más se les pasa a las empresas que facturan en el portal y cobran por transferencia. Aquí está el texto de la regla, el plazo y la forma de que no dependa de la memoria de nadie.

El complemento de pago (REP) se emite cuando cobras una factura timbrada con método PPD. La regla 2.7.1.32 de la RMF 2026 dice que debe emitirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al del pago, y permite uno por cobro o uno al mes por cliente.

¿Qué es el complemento de pago y por qué existe?

Cuando emites una factura CFDI y el cliente te paga en ese momento, el método de pago es PUE (pago en una sola exhibición). Cuando vendes a crédito, la factura sale con método PPD (pago en parcialidades o diferido) y el SAT no sabe cuándo ni cuánto te pagaron. El complemento para recepción de pagos es el CFDI que cierra ese hueco: dice qué factura se pagó, cuánto, cuándo, con qué forma de pago y cuánto queda pendiente.

Para el SAT, es la forma de cruzar lo que facturaste con lo que cobraste. Para ti y para tu cliente, es el documento que registra que la cuenta se pagó. Qué efecto fiscal tiene en tu caso o en el de tu cliente lo explica el contador de cada uno.

¿Cuándo se emite exactamente?

La regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el Diario Oficial el 28 de diciembre de 2025, dice: «El CFDI con “Complemento para recepción de Pagos”, deberá emitirse a más tardar al quinto día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos». Texto consultado el 16 de octubre de 2026; no cambió con la primera modificación del 9 de julio de 2026.

Con esa regla, un cobro recibido el 15 de abril tiene su complemento a más tardar el 5 de mayo, y un cobro del 30 de abril, también a más tardar el 5 de mayo. La misma regla permite emitir «uno solo por cada pago recibido o uno por todos los pagos recibidos en un periodo de un mes, siempre que estos correspondan a un mismo receptor».

A veces se cita por error la regla 2.7.1.29: esa trata los requisitos del CFDI; su fracción II permite la forma de pago 99 «Por definir» y remite a la 2.7.1.32 para el complemento.

Cuándo toca emitir el complemento, con ejemplos
Situación¿Lleva complemento?Plazo
Factura PUE pagada al momentoNoNo aplica
Factura PPD cobrada en una sola exhibición días despuésSí, unoA más tardar el 5 del mes siguiente al cobro
Factura PPD cobrada en tres abonos en meses distintosSí, uno por abono (o uno mensual por cliente)Cada uno a más tardar el 5 del mes siguiente a su abono
Cliente que paga varias facturas PPD con una sola transferenciaSí, un complemento que relaciona todas las facturas pagadasA más tardar el 5 del mes siguiente
Factura PUE que no se pagó al emitirlaLa guía de llenado del Anexo 20 reserva PUE para el pago al momento de emitir; la sustitución con motivo 01 se revisa con el contadorEl CFF, art. 29-A, pone como límite para cancelar el mes de la declaración anual y pide la aceptación del receptor

¿Qué pasa si se te olvida o lo emites tarde?

Lo operativo se nota primero. Tu cliente te va a pedir el complemento en su cierre, porque lo usa su contabilidad. En tus registros y en los del SAT, una factura PPD sin complemento aparece con saldo pendiente aunque el dinero ya esté en tu banco, y eso descuadra lo cobrado contra lo facturado.

Lo fiscal está en la ley y lo aplica tu contador: el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación regula los requisitos de los comprobantes, y si un complemento tardío tiene consecuencias en tu caso lo determina tu contador con tu información; esta guía no las calcula. Lo que no conviene hacer en ningún caso es emitir el complemento con una fecha de pago distinta a la real para «entrar» en el plazo: el complemento lleva la fecha real del cobro.

Por qué se les pasa a tantas empresas

Porque el cobro y la factura viven en lugares distintos. La factura se hizo en el portal o en el sistema de facturación; el pago llegó por transferencia al banco; quien ve el banco no es quien factura; y el complemento hay que hacerlo a mano buscando la factura original, capturando monto, fecha, forma de pago y saldo. En una distribuidora con cien clientes a crédito, eso son decenas de complementos al mes que alguien tiene que acordarse de hacer antes del día 5.

Las señales de que ya te pasa: el contador te pide complementos en el cierre, los clientes te reclaman el REP, hay facturas PPD de hace meses que siguen con saldo pendiente en tu sistema aunque ya cobraste.

Cómo hacer que no dependa de la memoria de nadie

La solución es que el complemento salga del mismo lugar donde registras el cobro. Cuando tu sistema de operación sabe qué factura PPD emitió y recibe el aviso de que entró el pago (porque lo capturó cobranza, porque lo conciliaste con el estado de cuenta o porque la pasarela lo reportó), puede armar el complemento con los datos correctos y timbrarlo con tu RFC, sin que nadie busque la factura ni capture el monto. Al cliente le llegan el XML y el PDF por correo o WhatsApp, y el contador encuentra todos los complementos del mes en una carpeta.

Eso es lo que hacemos en facturación CFDI integrada a tu sistema: el timbrado vive donde vendes y cobras, no en un portal aparte. En nuestra plataforma, el timbrado CFDI 4.0 de Guiadalajara está construido y probado con timbres reales en el entorno de prueba; la emisión automática del complemento de pago en sistemas de clientes se confirma en el diagnóstico según el alcance que tenga construido cada módulo.

Qué pedirle a tu sistema o a tu proveedor

Que el método de pago (PUE o PPD) se decida con una regla, no a mano. Que cada cobro registrado se ligue a su factura y pueda generar el complemento con un clic o solo. Que avise antes del día 5 qué complementos faltan. Que guarde XML y PDF de cada complemento junto a su factura. Y que permita emitir un complemento mensual por cliente cuando hay muchos abonos. Si tu sistema actual no hace esto, se puede conectar un módulo fiscal sin cambiar lo demás; si no tienes sistema, el paquete de pedidos y facturación para distribuidoras nace con esta regla adentro.

Revisión mensual antes del día 5

  • Lista de facturas PPD cobradas el mes pasado
  • Cada cobro tiene su complemento emitido con la fecha real del pago
  • Los cobros de varias facturas en una transferencia tienen un complemento que las relaciona a todas
  • XML y PDF de cada complemento enviados al cliente y guardados junto a la factura
  • Facturas PUE no pagadas al emitirlas, identificadas para revisarlas con el contador
  • El contador recibió la carpeta del mes

Preguntas frecuentes · Complemento de pago

¿Cuándo se emite el complemento de pago?

Cuando cobras una factura emitida con método PPD. La regla 2.7.1.32 de la RMF 2026 fija el plazo a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al mes en que recibiste el pago.

¿Puedo hacer un solo complemento al mes por cliente?

Sí: la regla 2.7.1.32 permite un complemento por todos los pagos recibidos de un mismo receptor en un periodo de un mes, dentro del mismo plazo del quinto día natural del mes siguiente.

¿Qué pasa si no emito el complemento de pago?

La factura PPD queda con saldo pendiente en tus registros y en los del SAT aunque ya cobraste, y tu cliente te lo va a pedir para su contabilidad. Las consecuencias fiscales para tu caso las determina tu contador; esta guía no las calcula.

¿Una factura PUE necesita complemento?

No. La guía de llenado del Anexo 20 reserva PUE para cuando el pago se hace al momento de emitir la factura. Si una factura salió como PUE y no se pagó al emitirla, la corrección (cancelar con motivo 01 y sustituir) la revisas con tu contador.

¿El complemento de pago lleva IVA?

El complemento no genera impuestos por sí mismo: relaciona la factura original y refleja el monto pagado; en CFDI 4.0 desglosa los impuestos del pago conforme a la factura relacionada. El llenado exacto lo define la guía del SAT y conviene que lo arme el sistema, no una persona.

¿Mi sistema puede emitir los complementos solo?

Sí, si registra los cobros ligados a su factura y timbra con tu RFC. Lo conectamos a sistemas que ya existen o lo incluimos en sistemas nuevos; el alcance exacto se confirma en el diagnóstico.

¿Cuántos complementos te faltan este mes?

Te respondemos hoy en horario hábil; a más tardar el siguiente día hábil.

Ahí te llega el acuse con tu folio.

Lo que hoy te quita tiempo o lo que quieres lograr. Una o dos frases bastan.