Análisis · Antilavado e inmuebles
Reforma antilavado 2025 e inmobiliarias: qué dice el texto, qué cambió y desde cuándo
Circula que el umbral de aviso bajó y que la habitualidad ya no cuenta. Pusimos el texto de 2012 junto al vigente y lo citamos tal cual, con enlace a la fuente oficial, para que lo compruebes tú.
La fracción V del artículo 17 de la LFPIORPI vigente fija el aviso desde «ocho mil veinticinco veces» la UMA, $941,412.75 con la UMA de 2026; el texto de 2012 ya decía ocho mil veinticinco veces. La reforma de 2025 agregó la fracción V Bis, el expediente de diez años y obligaciones cuyas fechas fijan las reglas: marzo y junio de 2027.
Puntos clave
¿Qué dice el umbral de aviso de la fracción V?
La fracción V del artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (abre en una pestaña nueva) (LFPIORPI) vigente dice que se presenta aviso cuando la operación es igual o mayor a «ocho mil veinticinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización».
El texto original de 2012 (abre en una pestaña nueva) ya decía ocho mil veinticinco veces; entonces se medía en salarios mínimos.
Con la UMA de 2026 (abre en una pestaña nueva), $117.31 diarios, vigente del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027, la cuenta da $941,412.75.
¿De dónde sale el «bajó de 16,000 a 8,025»? De otra fracción. En 2012, el artículo 17 fijaba para los notarios, en la transmisión de inmuebles, dieciséis mil veces. El decreto de reforma (abre en una pestaña nueva) lo cambió a ocho mil veces la UMA, $938,480.00 con la UMA de 2026.
¿Qué dice la ley sobre la habitualidad?
El texto vigente de la fracción V empieza así: «La realización habitual o profesional de actividades de construcción o desarrollo de bienes inmuebles, así como de intermediación…». La palabra «habitual» sigue en el texto.
La fracción V Bis, nueva, dice: «La recepción de recursos que se destinen para llevar a cabo un Desarrollo Inmobiliario cuya finalidad sea su venta o renta». Su texto no menciona la habitualidad. El umbral también es de 8,025 UMA.
El artículo 3, fracción IV Bis, define desarrollo inmobiliario como el proyecto para construir inmuebles o fraccionar lotes «destinados a su venta o renta».
La redacción de la fracción V también cambió. En 2012 hablaba de «la prestación habitual o profesional de servicios… por cuenta o a favor de clientes». Hoy habla de «la realización habitual o profesional de actividades». Si compras, remodelas y vendes inmuebles propios, la pregunta de si esa redacción te alcanza es para tu abogado; aquí no tiene respuesta.
¿Qué obligaciones agregó la reforma y desde cuándo se exigen?
La tabla sólo dice dónde está cada obligación y la fecha que fija el texto. El transitorio tercero del decreto de 2025 dice que las fracciones VII a XI del artículo 18 «entrarán en vigor en los plazos que… establezcan las reglas de carácter general». Esas reglas se modificaron con el Acuerdo 115/2026 (abre en una pestaña nueva), publicado en el DOF el 7 de agosto de 2026, que entra en vigor el 30 de noviembre de 2026 y fija las fechas de la tabla. Es una ley federal.
| Obligación | Dónde está | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Aviso desde 8,025 UMA | Ley, art. 17 fr. V | Sin cambio de umbral |
| Recepción de recursos para un desarrollo | Ley, art. 17 fr. V Bis | Desde la reforma (DOF 16-07-2025) |
| Conservar el expediente al menos 10 años | Ley, art. 18 fr. IV | Desde la reforma |
| Beneficiario controlador: más del 25 % | Ley, art. 3 fr. III | Desde la reforma |
| Persona moral: documentos del beneficiario controlador | Ley, art. 18 fr. III | Desde la reforma |
| Avisos a más tardar el día 17 del mes siguiente | Ley, art. 23 | Sin cambio |
| Informe en ceros | Reglas generales, art. 25 | Vigente en las reglas |
| Evaluación de riesgo | Ley, art. 18 fr. VII; reglas, transitorio 2º | 1 de marzo de 2027 |
| Manual de políticas internas | Ley, art. 18 fr. VIII; reglas, transitorio 3º | 1 de marzo de 2027 |
| Monitoreo automatizado | Ley, art. 18 fr. X; reglas, transitorio 9º | 1 de junio de 2027 |
| Capacitación anual | Ley, art. 18 fr. IX; reglas, transitorio 7º | Primer periodo: 2027 |
| Auditoría | Ley, art. 18 fr. XI; reglas, transitorio 8º | Primer periodo: 2028 |
Lo que circula y lo que dice el texto
- «El umbral bajó a 8,025 UMA». El texto de 2012 y el vigente de la fracción V dicen ocho mil veinticinco veces.
- «Ya no se exige habitualidad». La fracción V vigente dice «habitual o profesional»; la fracción V Bis no menciona la habitualidad.
- «La reforma metió el informe en ceros en la ley». El informe en ceros está en el artículo 25 de las reglas generales, no en la ley.
- «El manual ya es obligatorio». Está en el artículo 18 fr. VIII de la ley; el transitorio 3º de las reglas fija el 1 de marzo de 2027.
- «El aviso de 24 horas por sospecha ya aplica». La ley lo prevé en el artículo 18 fr. VI. El transitorio 5º del Acuerdo 115/2026 pospone su envío a seis meses después de que la UIF publique los formatos.
¿Qué multas fija la ley?
El artículo 54 de la LFPIORPI (abre en una pestaña nueva) fija las multas en veces la UMA. Con la UMA de 2026:
- Por no cumplir una obligación del artículo 18 o presentar un aviso tarde (hasta 30 días): de $23,462.00 a $234,620.00.
- Por no presentar el aviso: de $1,173,100.00 a $7,625,150.00, o «del diez al cien por ciento del valor del acto u operación», lo que resulte mayor.
El artículo 55 prevé no sancionar, por única vez, a quien corrige por su cuenta antes de que inicie una visita de verificación y reconoce la falta. Cómo aplica a tu caso lo define tu abogado.
Preguntas para llevar a tu abogado
No son recomendaciones: son las preguntas que deja abierta la lectura del texto.
- ¿Cuáles de mis operaciones de 2026 llegan al umbral de la fracción V y cómo se acredita cada aviso?
- ¿Me aplica el informe en ceros del artículo 25 de las reglas en los meses sin operaciones?
- Si recibo dinero para un desarrollo en preventa, ¿me alcanza la fracción V Bis?
- Si compro, remodelo y vendo inmuebles propios, ¿me alcanza la nueva redacción de la fracción V?
- ¿Qué necesito tener listo para el 1 de marzo y el 1 de junio de 2027?
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Fuentes
Cada dato de este análisis sale de estas fuentes. Abre el enlace y compruébalo: la fecha es el día en que la consultamos.
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, texto vigente (última reforma DOF 16-07-2025): arts. 3, 17, 18, 23, 53, 54, 55 y transitorios (abre en una pestaña nueva) · Cámara de Diputados · consultada el · fuente primaria · fuente oficial
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPIORPI.pdf - LFPIORPI, texto original (DOF 17-10-2012): art. 17 fr. V y fr. XII apartado A (abre en una pestaña nueva) · Cámara de Diputados · consultada el · fuente primaria · fuente oficial
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpiorpi/LFPIORPI_orig_17oct12.pdf - Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la LFPIORPI (DOF 16-07-2025) (abre en una pestaña nueva) · Diario Oficial de la Federación · consultada el · fuente primaria · fuente oficial
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5763161&fecha=16/07/2025 - Reglamento de la LFPIORPI (última reforma DOF 27-03-2026): art. 12 (abre en una pestaña nueva) · Cámara de Diputados · consultada el · fuente primaria · fuente oficial
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LFPIORPI.pdf - Acuerdo 115/2026 por el que se modifican las Reglas de carácter general de la LFPIORPI (DOF 07-08-2026): art. 25 y transitorios (abre en una pestaña nueva) · Secretaría de Gobernación (SIDOF) · consultada el · fuente primaria · fuente oficial
https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5795797 - Valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (DOF 09-01-2026) (abre en una pestaña nueva) · INEGI / Diario Oficial de la Federación · consultada el · fuente primaria · fuente oficial
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5778072&fecha=09/01/2026
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